Cómo acceder a la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid

Las trabas administrativas se consideran uno de los principales obstáculos para fomentar la competitividad de las empresas. Reducirlas impulsaría la actividad económica y el crecimiento del empleo.

Uno de los objetivos del Gobierno de la Comunidad de Madrid es adoptar y aplicar políticas de estímulo de la economía, mejorar la regulación y el clima empresarial y favorecer la creación de nuevos proyectos de inversión españoles y extranjeros.

En línea con los objetivos anteriores, la Aceleradora permitirá identificar e introducir medidas para agilizar los trámites administrativos, mejorando así el clima de negocios e impulsando la competitividad de la Comunidad de Madrid.

La Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid nace como respuesta a la necesidad de mejorar la coordinación administrativa en la tramitación de los proyectos de inversión considerados de especial interés, aglutinando a todos los centros de decisión implicados en su materialización, facilitando su puesta en marcha y proporcionando una ventanilla única para el proceso.

Se trata de un órgano que permite la tramitación rápida y eficaz de los proyectos declarados de especial interés por la Administración.

¿Qué es la aceleradora?

La Aceleradora es un órgano colegiado de carácter interdepartamental en el que intervienen las consejerías competentes para la instalación /ampliación de un proyecto empresarial y los ayuntamientos de los municipios donde vaya a desarrollarse el proyecto de inversión.

Asimismo, podrán participar asesores técnicos, otras Administraciones y, en caso de proyectos de carácter internacional, Invest in Madrid.

¿Para qué sirve?

La Aceleradora tiene como fin agilizar la tramitación de determinados proyectos de inversión que, por su trascendencia económica, por los puestos de trabajo creados u otros factores, sean declarados por la Aceleradora proyectos de especial interés para la Comunidad de Madrid.

¿A quién va dirigida?

Promotores de proyectos de inversión, tanto españoles como extranjeros, que acrediten su madurez técnica,  su viabilidad financiera y  que cumplan con al menos uno los siguientes requisitos:

  1. Generación de cincuenta o más puestos de trabajo con contrato indefinido a jornada completa o equivalentes.
  2. Realización de una inversión en activos fijos, excluyendo los activos inmobiliarios, por importe igual o superior a diez millones de euros, salvo en el caso de instalaciones energéticas.
  3. Para las instalaciones energéticas, la inversión en activos fijos, excluyendo los activos inmobiliarios, será de un importe igual o superior a veinticuatro millones de euros.
  4. Otros  proyectos de inversión que no cumplan los requisitos anteriores, pero que, incidan en la mejora del modelo productivo madrileño o que contribuyan al  reequilibrio de la economía madrileña.

¿Qué efectos conlleva la declaración de un proyecto de especial interés?

La declaración de un proyecto de especial interés  determinará la adopción del acuerdo de tramitación preferente y urgente por los titulares de los órganos administrativos competentes en los procedimientos que puedan afectar al proyecto que hayan participado en la declaración de proyecto de especial interés por la Aceleradora.

Los efectos de la declaración se producirán a partir de la fecha en la que se dicte el acuerdo de declaración de proyecto de especial interés, salvo que en dicho acuerdo se disponga otra fecha, según lo establecido en el artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La declaración de urgencia y de tramitación preferente tendrá las consecuencias establecidas y previstas en la normativa específica aplicable al procedimiento de que se trate, y en su defecto a lo establecido respectivamente, en los artículos 33 y 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

¿Dónde y cómo presento la solicitud?

La solicitud se presentará por registro exclusivamente de forma telemática a través del enlace TRAMITACIÓN, y se acompañará de al menos una MEMORIA con el siguiente contenido orientativo:

  1. Identificación del promotor: datos identificativos de la empresa (actividad principal, año de constitución, accionistas) y datos económicos y financieros (ventas, activo, pasivo, centros de trabajo, etc.) o experiencia profesional de los promotores del proyecto.
  2.  Descripción del proyecto
    • Justificación y objetivos.
    • Localización. municipio o municipios afectados.
    • Modalidad: ampliación, nueva instalación, traslado, modernización.
    • Contenido y calendario del proyecto: inicio, hitos y fin.
    • Plan de viabilidad económico-financiera: gestión de caja e indicación de los recursos disponibles: uso de fondos propios, ayudas y subvenciones públicas, deuda, etc.
  3. Justificación de los criterios del artículo 8
    • Detalles de la inversión en activos fijos: gastos de I+D+, aplicaciones informáticas, propiedad intelectual, maquinaria, mobiliario, equipos, vehículos etc., y calendario de inversión.
    • Detalles del empleo: puestos de trabajo por departamentos, jornada o tipo de contrato y calendario de contratación.
    • Otros detalles: inversión en I+D+i, impacto económico, social o medioambiental, efectos sobre la vertebración del territorio o sobre la cadena de producción.
  4. Estado actual de la tramitación: para el caso en que se hayan iniciado trámites con otras Administraciones o departamentos de la Administración de la Comunidad de Madrid.

¿En cuánto tiempo se emite la declaración de proyecto de especial interés?

La Aceleradora valorará la solicitud y emitirá el acuerdo de calificación de proyecto de especial interés, en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud.

La declaración  llevará aparejada la entrega de un plan de etapas o cronograma, en el que se especificarán los plazos administrativos por los que pasará el proyecto, de forma que el inversor pueda conocer el horizonte temporal al que se enfrenta.

¿Quieres acelerar tu proyecto?

Accede a la solicitud de declaración de PROYECTO DE ESPECIAL INTERÉS

Madrid aprueba una aceleradora de inversiones

Madrid reduce la burocracia a la mínima expresión. A varias medidas implementadas desde hace tiempo como la línea abierta contra la hiperregulación, se ha unido recientemente la aprobación de una aceleradora de inversiones, dirigida a reducir los tiempos para la realización de los trámites administrativos que requiere la puesta en marcha de un proyecto empresarial.

Las funciones de la aceleradora son las de decidir qué proyectos de los presentados se consideran de especial interés para la región. Una vez admitidos, deben coordinar la actuación de los diferentes órganos y entidades públicas para su implementación, identificar potenciales barreras administrativas en su tramitación y buscar el mejor modo de optimizar los procedimientos.

Se consideran proyectos de especial interés las iniciativas empresariales que se instalen, amplíen o mejoren dentro de la Comunidad de Madrid y que sean coherentes con su desarrollo económico, social y/o territorial. Además, deberán garantizar cumplir uno de los siguientes requisitos:

  • Generar un mínimo de 50 puestos de trabajo con contrato indefinido.
  • Una inversión en activos fijos -no inmobiliarios- de más de 10 millones de euros, excepto instalaciones energéticas.
  • Para estas últimas, la inversión en activos fijos, excluyendo inmobiliarios, deberá igualar o superar los 24 millones de euros.

En caso de cumplir sólo el requisito de inversión, se valorará que el proyecto acredite un impacto suficiente en la economía local o regional a través de la contratación de suministros, proveedores, servicios o mantenimiento de empleo. También se podrán declarar proyectos de especial interés aquellos que mejoren el modelo productivo madrileño, ya sea por su posible impacto en la cohesión territorial y el desarrollo socioeconómico de la región, su contribución a la transición digital o ecológica, su inversión en I+D+i, su valor añadido o la calidad en el empleo que genere.

La Aceleradora de Inversiones dependerá de la Consejería de Hacienda, Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid y es la apuesta de la región por seguir atrayendo inversión y empresas y consolidarse como destino preferente de inversiones extranjeras en España: en 2022, se crearon en Madrid 22.834 nuevas sociedades mercantiles, el 23% del total nacional. En cifras, Madrid consiguió en los tres primeros trimestres de 2022, 14.533 millones de euros foráneos lo que supone el 64,17% de todo el capital extranjero que recibió el país.

Los Puntos de Atención al Emprendedor

La burocracia reducida a la mínima expresión. Realizar todos los trámites administrativos para abrir una empresa es cada vez más sencillo gracias a los Puntos de Atención al Emprendedor, unas oficinas presenciales y telemáticas que se encargan de la tramitación de casi todos los documentos necesarios para constituir una empresa por primera vez. A través de esta ventanilla única, el emprendedor puede realizar la gestión necesaria para el inicio, ejercicio y cese de su actividad empresarial.

Los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) se encargan de facilitar la creación de nuevas empresas a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial. En concreto, centran su labor en torno a dos pilares:

  • Prestar servicios presenciales de información y asesoramiento a los emprendedores en la definición y tramitación telemática de sus iniciativas empresariales.
  • Iniciar el trámite administrativo de constitución de la sociedad a través del Documento Único Electrónico (DUE).

En concreto, la información que se puede aportar desde un PAE está relacionada con las características, el marco legal, los aspectos mercantiles más importantes, las ventajas fiscales, los aspectos contables, los sistemas de tramitación y la normativa aplicable de las sociedades mercantiles más comunes.

También pueden orientar al emprendedor sobre las ayudas e incentivos a los que puede optar su negocio, el régimen de la seguridad social aplicable y, en general, cualquier duda que pueda surgirle durante la apertura de su empresa.

Los PAE pueden depender de entidades públicas o privadas, colegios profesionales, organizaciones empresariales o cámaras de comercio. Estos centros deben firmar un convenio con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para poder ejercer como tales.

La Comunidad de Madrid gestiona tres oficias presenciales de Atención al Emprendedor: dos en Madrid y uno en Getafe.

  • PAE CENTRO DE EMPRENDEDORES GETAFE
    Avenida de Arcas del Agua, 2, GETAFE
    Horario: de 9:00h a 14:00h
    Contacto: 91 276 11 66 / emprendedores@madrid.org
  • PAE E-Social HUB:
    Calle Reina Mercedes 1-3, MADRID.
    Horario: Lunes a Jueves de 09.00 a 14.00 y de 15.00 a 18.00 y Viernes de 09.00 a 14.30.
    Contacto: 91 737 51 57 / esocialhub@esocialhub.es

Además, la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de España ofrece, en su portal CIRCE, un Punto de Apoyo al Emprendedor telemático en el que se puede acceder a toda la información disponible para emprendedores, así como la tramitación telemática de muchos documentos.

La Comunidad de Madrid permitirá al inversor extranjero desgravarse un 20% del total de su inversión

Nueva deducción en el IRPF para las nuevas inversiones que lleguen de un país extranjero a la Comunidad de Madrid. El Gobierno regional ha anunciado una ambiciosa medida, pionera en Europa, que permitirá a todas las personas, nacionales y extranjeros, que realicen una inversión en la Comunidad de Madrid después de haber vivido fuera de España más de 5 años  desgravarse un 20% de lo invertido a través de una reducción en el tramo autonómico del impuesto sobre la renta.

La medida se aplicará a cualquier tipo de inversión, ya sea inmobiliaria, financiera o empresarial. En el caso de los activos financieros, no será necesario que se encuentren en la Comunidad de Madrid, algo que en cambio sí se exigirá a los activos inmobiliarios.

La desgravación no tiene límite de cantidad; es decir, se aplicará desde el primer euro invertido. En cuanto al tope, será la propia cuota de IRPF sobre la que se aplica la deducción del 20%; es decir, si es suficiente para compensar toda la desgravación, se podrá hacer el primer año de la inversión. Si no, se irá repartiendo a lo largo de seis años, el tiempo mínimo que deberá mantenerse la inversión en la Comunidad de Madrid.

La medida se pondrá en marcha tras la modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2012, de 21 de octubre. Tras su validación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad y su posterior tramitación parlamentaria, se espera que esta medida entre en vigor este año.

Según las estimaciones realizadas, esta nueva medida supondrá un gran impacto en la economía regional, ya que por cada 1.000 millones de euros invertidos, se espera aportar al PIB regional 886 millones de euros, así como generar 13.000 nuevos puestos de trabajo.

Presentación de la medida de la Comunidad de Madrid

Crear una empresa fácil, rápido y barato

En España ya es posible constituir una sociedad limitada por solo un euro. El pasado 19 de octubre entró en vigor la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, más conocida como Ley “Crea y Crece”. Se trata de una norma, aprobada en verano en el Congreso de los Diputados, que busca impulsar la creación de empresas y fomentar su expansión a través de la mejora regulatoria, la eliminación de obstáculos a las actividades económicas, la lucha contra la morosidad comercial y el apoyo financiero al crecimiento empresarial.

La medida más destacada que incorpora esta ley es la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1€.  Hasta este momento, el mínimo legal exigido era de 3.000 euros. Esta medida se incorpora con dos salvaguardas para proteger el interés de los acreedores:

  • Se destinará a la reserva legal una cifra al menos igual al 20 % del beneficio hasta que dicha reserva alcance tres mil euros.
  • En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente hasta los 3.000€

La ley trata de impulsar la digitalización de la Administración pública, promoviendo la creación de empresas de forma telemática a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE). Ello permitiría reducir los tiempos de constitución, y los costes de registro y los notariales.

 

Lucha contra la morosidad

La norma incluye medidas para luchar contra la morosidad en el comercio, una de las principales causas de los problemas de liquidez y rentabilidad de muchas empresas españolas, sobre todo pymes.

  • Impulsa la factura electrónica, ampliando la obligación de solicitarla en el marco de una relación proveedor-cliente. Con ello, se gana trazabilidad y control de pagos entre las empresas, obteniendo información fiable y ágil para conocer los plazos efectivos de pago, requisito indispensable para poder reducir la morosidad de manera eficaz.
  • Incentivos para reducir los plazos de pago. Por ejemplo, se tendrán en cuenta a la hora valorar la concesión de una subvención pública.
  • Nace el Observatorio de Morosidad Nacional, que se encargará del seguimiento y evolución de los datos de pago.

 

Mejoras para la financiación empresarial

La ley incorpora medidas para mejorar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial alternativos a la financiación bancaria, como el crowdfunding o financiación participativa, la inversión colectiva y el capital riesgo.

Financiación participativa o Crowdfunding

Se adapta la regulación nacional a la normativa europea, introduciendo más flexibilidad para que estas plataformas presten sus servicios:

    • Posibilidad de ofrecer servicio de gestión individualizada de cartera de préstamos.
    • Límite único de inversión individual por proyecto para inversores minoristas.
    • Límite de proyecto 5M€.
    • Posibilidad de crear mecanismos de agrupación de inversores.

La inversión colectiva y el capital riesgo

    • Se amplía el tipo de empresas en las que pueden invertir las Entidades de Capital Riesgo:
        • PYMES: Se amplía el número máximo de empleados de las sociedades invertidas: de 250 a 499.
        • Se incluyen empresas financieras con un alto componente tecnológico
    • Se incorporan los fondos de inversión a largo plazo europeos (FILPE).
        • Tanto las SGIIC (Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva) como las SGEIC (Sociedades Gestoras de Entidades de Inversión Colectiva de Tipo Cerrado) podrán ser SL y podrán administrar, representar, gestionar y comercializar FILPE.
        • Nacen las Entidades de Inversión Colectiva de tipo Cerrado de Préstamo, cuyo objeto principal consista en la inversión en facturas, préstamos, crédito y efectos comerciales de uso habitual en el ámbito del tráfico mercantil.
        • El capital social mínimo como desembolso inicial de la ECR pasa a ser del 25% (300.000€ para las ECR; 225.000€ para las ECR Pyme). EL 75% restante se deberá desembolsar a lo largo de 12 meses desde su registro en la CNMV.

COMPROMISO DE ACTUACIÓN ÉTICA Y RESPONSABLE

El inversor extranjero manifiesta el más alto compromiso y voluntad de comportamiento ético, responsable y sostenible, junto al debido cumplimiento normativo aplicable a todas sus actividades y operaciones. En este sentido, se compromete al debido cumplimiento del marco normativo que le es de aplicación, así como a la implementación de procedimientos y/o medidas de actuación ética, responsable y de prevención de posibles delitos.

Dicho compromiso requiere que el inversor traslade formalmente este deber de actuación ética y responsable a todos los implicados y/o intervinientes en el ámbito de su negocio y/o proyecto de Invest In Madrid; concretamente, a todos los empleados, directivos, colaboradores, proveedores, clientes y, en general, cualquier persona o entidad relacionada con el mismo.

Como medida para facilitar el seguimiento y aplicación de dicho compromiso, Invest In Madrid ha elaborado guías y pautas de conducta para el debido seguimiento y aplicación del mencionado compromiso. Como consecuencia se ha elaborado un Código Ético corporativo; que establece los principios y valores de comportamiento ético y responsable, junto con los derechos, deberes y responsabilidades en materia de cumplimiento normativo de Invest In Madrid con todas las personas involucradas en este proyecto.

Por todo ello, el inversor declara tener acceso al mencionado Código Ético, el cual es conocido y asumido voluntariamente, a efectos de aplicar los compromisos y obligaciones que se recogen en el mismo. En tal sentido, el inversor se compromete a actuar siempre con la debida diligencia en aras de garantizar el cumplimiento normativo, y en particular, la prevención de la responsabilidad penal corporativa que se pueda derivar de su actuación.

Asimismo, el inversor se compromete a responder de la veracidad de los datos incorporados en la plataforma y a utilizar correctamente la información, los servicios profesionales y herramientas proporcionadas por Invest In Madrid, en cualquier momento desde la apertura, instalación y posterior expansión del negocio.

Por último, como garantía de rigor y adecuada aplicación de nuestro compromiso ético y responsable, el inversor asume el deber de comunicar a Invest In Madrid cualquier tipo de indicio, sospecha o evidencia de posibles incumplimientos normativos, delitos, comportamientos no éticos y, en general, acciones o conductas contrarias a los protocolos, normas y códigos de conducta de la entidad, incluido el referido Código Ético; a través del Sistema Interno de Información habilitado a tal efecto. Todo ello con las garantías y requisitos de confidencialidad, protección de datos, independencia y protección del informante que establece el marco normativo aplicable a dicho Sistema.

Invest In Madrid le agradece su soporte y colaboración con nuestro compromiso de ética y cumplimiento normativo, como mecanismo para detectar cualquier irregularidad y alinear su actuación responsable con los valores y principios fundamentales que informan la cultura ética de nuestra entidad.

Datos del responsable del tratamiento

Identidad: FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD (CIF G84442755)
Dirección: Calle Velázquez, 53, 28001, Madrid
Teléfono: 91 220 28 00
E-mail: protecciondatos@fundacionmadrid.org

— Finalidades del tratamiento

La FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD tratará la información que nos proporcionan las personas interesadas con las siguientes finalidades:

• Gestionar las solicitudes y expedientes de las empresas que solicitan en sello “Madrid Excelente” así como solicitudes y expedientes relativos a otras actividades de la FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD (Premios Madrid Excelente a la Confianza de los Clientes, entre otros).

• Gestionar cualquier tipo de solicitud, sugerencia o petición sobre nuestros servicios que nos formulen las personas interesadas.

• Comunicaciones comerciales: Tratamiento de sus datos con la finalidad de informarle sobre actividades, artículos de interés e información general sobre nuestros servicios vía correo electrónico.

• Invitaciones a eventos y jornadas: con la finalidad de permitir la asistencia a los eventos y jornadas organizados por la FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD.

• Difusión en redes sociales de eventos y jornadas: con la finalidad de dar a conocer el contenido de los eventos y jornadas organizados por la FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD. Dicha difusión incluye tanto imágenes estáticas como dinámicas.

• Gestionar datos aportados por los candidatos a un puesto de trabajo a través del Currículum Vitae (CV), con la finalidad de proceso de selección y reclutamiento. Usted autoriza expresamente a la FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD, para que proceda al tratamiento de sus datos para la finalidad indicada, permitiendo publicar su nombre y apellidos así como las calificaciones obtenidas, caso de ser necesario en la web de la entidad.

La FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD tratará sus datos e información aportada para los procesos de selección con la más estricta confidencialidad, adoptando para ello las medidas técnicas y organizativas necesarias para evitar la pérdida, mal uso, alteración y/o acceso no autorizado. Conservación de los datos: Asimismo le informamos de que la FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD podrá conservar su Currículum Vitae por el plazo máximo de un año, concluido dicho plazo, se procederá automáticamente a su destrucción.

— Criterios de conservación de los datos

• Gestión Curriculum Vitae: La FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD podrá conservar su Currículum Vitae por el plazo máximo de un año, concluido dicho plazo, se procederá automáticamente a su destrucción, en cumplimiento del principio de calidad del dato.

• Comunicaciones comerciales: Las personas interesadas, podrán darse de baja de estas comunicaciones en la siguiente dirección de correo electrónico: protecciondatos@fundacionmadrid.org

• El resto de los datos serán conservados durante el tiempo que sea necesario para cumplir con las finalidades anteriormente descritas.

— Legitimación

La base legal para el tratamiento de los datos es el consentimiento de las personas interesadas para:

• La tramitación y gestión de cualquier solicitud de información o consulta sobre nuestros servicios.

•El envío de comunicaciones comerciales llevadas a cabo por La FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD.

• El envío de invitaciones a jornadas y eventos organizados por la FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD, así como el control de asistencia los mismos.

• El envío de su currículum vitae.

— Destinatarios

No se ceden datos de carácter personal a terceros, salvo disposición legal. Tampoco se realizan transferencias internacionales de datos a terceros países.

— Procedencia

Los datos de carácter personal se obtienen directamente de las personas interesadas y de nuestros colaboradores. Las categorías de datos de carácter personal que nos proporciona nuestros colaboradores son las siguientes:

• Datos de identificación.
• Direcciones postales o electrónicas.
• Imágenes.
• No se tratan datos especialmente protegidos.

— Derechos

Derecho de Acceso, Rectificación y Supresión: Las personas interesadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si, en la FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD, estamos tratando datos personales que les conciernan, o no. Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.

Derecho a la Limitación y Oposición: En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. En determinadas circunstancias y, por motivos relacionados con su situación particular, los interesados podrán oponerse al tratamiento de sus datos. La FUNDACIÓN MADRID POR LA COMPETITIVIDAD dejará de tratar los datos en este supuesto, salvo por motivos legítimos imperiosos, o para el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Dichos derechos podrán ser ejercitados en www.corporate-line.com/cnormativo-madrid-competitividad.

— Actualizaciones y modificaciones

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COMPROMISO DE ACTUACIÓN ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

El socio local manifiesta el más alto compromiso y voluntad de comportamiento ético, responsable y sostenible, junto al debido cumplimiento normativo aplicable a todas sus actividades y operaciones que aporta a Invest In Madrid. En este sentido, se compromete al debido cumplimiento del marco normativo que le es de aplicación en los servicios y actividades publicados en la página web, así como a la implementación de procedimientos y/o medidas de actuación ética, responsable y de prevención de posibles delitos.

Como medida para facilitar el seguimiento y aplicación de este compromiso, Invest In Madrid ha elaborado guías y pautas de conducta para el debido seguimiento y aplicación del mencionado compromiso. Como consecuencia se ha elaborado un Código Ético corporativo; que establece los principios y valores de comportamiento ético y responsable, junto con los derechos, deberes y responsabilidades en materia de cumplimiento normativo de Invest In Madrid y sus socios colaboradores.

Este es el marco de actuación ética y responsable que todos los socios locales tienen el deber de aplicar y trasladar formalmente a todos los implicados y/o intervinientes en el ámbito de prestación de los servicios aportados a Invest In Madrid (empleados, directivos, colaboradores, proveedores, clientes y, en general, cualquier persona o entidad relacionada). Por todo ello, el socio local declara conocer y asumir voluntariamente el mencionado Código Ético, a efectos de aplicar los compromisos y obligaciones que se recogen en el mismo.

Asimismo, el socio local asume que dispone de la capacidad técnica, garantías y experiencia necesaria para ofrecer a los inversores los servicios incorporados en el área de Invest In Madrid, con los requisitos técnicos, legales y organizativos necesarios y altos estándares de calidad y seguridad. Por consiguiente, el socio local se compromete a actuar siempre con la debida diligencia profesional, en aras de garantizar el cumplimiento normativo y, en particular, la prevención de la responsabilidad penal corporativa que se pueda derivar de su actuación. Del mismo modo, el socio local responde de la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de los datos incluidos en el formulario y/o facilitados a través de cualquier otra vía.

Por último, como garantía de rigor y adecuada aplicación de nuestro compromiso ético y responsable, el socio local asume el deber de comunicar a Invest In Madrid cualquier tipo de indicio, sospecha o evidencia de posibles incumplimientos normativos, delitos, comportamientos no éticos y, en general, acciones o conductas contrarias a los protocolos, normas y códigos de conducta de la entidad, incluido el referido Código Ético; a través del Sistema Interno de Información habilitado a tal efecto. Todo ello con las garantías y requisitos de confidencialidad, protección de datos, independencia y protección del informante que establece el marco normativo aplicable a dicho Sistema.

Invest In Madrid le agradece su soporte y colaboración con nuestro compromiso de ética y cumplimiento normativo, como mecanismo para detectar cualquier irregularidad y alinear su actuación responsable con los valores y principios fundamentales que informan la cultura ética de nuestra entidad.

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