España es el primer país europeo que contará con un sistema de emisión de certificados para la acreditación de empresas emergentes, más conocidas como startups. Meses después de la aprobación de la ley de startups que regula, entre otros, los beneficios fiscales con que contarán estas empresas, se ha aprobado cuál es el procedimiento de certificación para estas empresas, así como los requisitos que deben cumplir para ser consideradas emergentes.
El certificado de empresa emergente es imprescindible para acceder a las ayudas fiscales establecidas en la ley. Los requisitos que se exige a las empresas se centran principalmente en la antigüedad (o novedad) de la empresa, su carácter innovador y el grado de escalabilidad de su negocio. La solicitud de este certificado se debe realizar ante la Empresa Nacional de Innovación, ENISA, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. La ventanilla para hacerlo está habilitada desde finales de julio a través de este enlace. Una vez registrado, ENISA dispondrá de un plazo máximo de tres meses para resolver y, en caso afirmativo, notificar, el carácter emergente de la empresa.
¿A qué ventajas fiscales accederá una empresa con el certificado de emergente?
Entre los distintos beneficios fiscales a los que puede acceder una empresa declarada emergente, destacan:
- Tributación del 15% en el impuesto de sociedades durante los primeros cuatro años, siempre que se mantenga la condición de emergente en ese periodo.
- Mejoras en el tratamiento fiscal de las stockoptions. Se trata de un complemento salarial muy habitual en este tipo de empresas, ya que se retribuye al trabajador con acciones o participaciones sociales de la misma. Hasta ahora, el trabajador estaba exento de declarar los primeros 12.000 euros de lo generado por sus stockoptions a lo largo de un año. Ahora, esa cifra asciende a los 50.00 euros.
- Tratamiento fiscal específico para el carried interés, el interés devengado por los Venture Capital o los Business Angels. Este beneficio se califica ahora como rendimiento del trabajo, pasando a ser integrable al 50% sin límite cuantitativo.
- Aplazamiento del pago de las deudas tributarias durante los dos primeros años de actividad.
¿Y qué se considera una empresa emergente?
Las empresas que quieran obtener el certificado de empresa emergente de ENISA deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Que sea de nueva creación o que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el registro mercantil. Este plazo se amplía a siete años para las empresas de biotecnología, energía, industriales y ciertos sectores estratégicos, así como aquellas que hayan desarrollado tecnología propia diseñada íntegramente en España.
- Que su facturación no supere los 10 millones de euros y no se hayan distribuido dividendos ni retornos, en el caso de cooperativas.
- Que la empresa no haya surgido de una escisión o fusión o transformación de otras empresas que no sean emergentes.
- Que el 60% de la plantilla tenga un contrato laboral en España.
- Que esté detallado el carácter escalable del negocio.
- Que el proyecto sea considerado de carácter innovador. Para ello, se exige una de las siguientes condiciones:
- Que, durante los dos últimos años, al menos un 15% de los gastos totales de la empresa se hayan destinado a investigación, desarrollo e innovación tecnológica. Para empresas de menos de dos años, se calculará sobre el último ejercicio.
- Que, en algún momento de los últimos tres años, la empresa se haya beneficiado de inversión, financiación o ayudas públicas para el desarrollo de proyectos de I+D+i, siempre y cuando estas ayudas no hayan sido revocadas por mala ejecución.
- Que la empresa disponga de un dictamen favorable como empresa innovadora de ciertos organismos públicos como el Ministerio de Ciencia e Innovación a través del Sello Pyme Innovador o de un informe expreso sobre su grado de innovación. También se contemplan ciertas certificaciones emitidas por Aenor.
En caso de no cumplir con ninguno de estos requisitos, ENISA evaluará el carácter innovador de la empresa, teniendo en cuenta si existe innovación tecnológica en alguno de sus productos, procesos, servicios o modelos de negocio.
Además de estas ventajas fiscales, la ley de startups puso en marcha toda una batería de medidas para fomentar el emprendimiento, la retención de talento y la inversión extranjera. Entre estas medidas, cabe destacar la práctica eliminación de la burocracia para los inversores internacionales, que únicamente deberán solicitar el número de identificación fiscal (NIF) para iniciar su actividad inversora. Este trámite se podrá realizar a través de un procedimiento electrónico y en 10 días hábiles.